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Documento BORME-C-2026-4824

BIT&BRAIN TECHNOLOGIES, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) ELEVVO THERAPEUTICS, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 166, páginas 6023 a 6023 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-4824

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (RDL5/2023), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de BIT&BRAIN TECHNOLOGIES, S.L. (Sociedad Escindida) y ELEVVO THERAPEUTICS, S.L. (Sociedad Beneficiaria), celebradas ambas el día 25 de agosto de 2026, acordaron por unanimidad la escisión parcial de BIT&BRAIN TECHNOLOGIES, S.L. a favor de ELEVVO THERAPEUTICS, S.L., mediante el traspaso en bloque, por sucesión universal, de una parte de su patrimonio constituida por la rama de actividad autónoma denominada Elevvo-Salud, todo ello en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Escisión Parcial.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado los acuerdos de escisión en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto, no ha sido necesaria la previa publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley, ni el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni el informe de los administradores sobre el Proyecto de Escisión, sin perjuicio de los derechos de información de los trabajadores previstos en dicho precepto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 del RDL 5/2023, al atribuirse las nuevas participaciones de la Sociedad Beneficiaria a los socios de la Sociedad Escindida proporcionalmente a los derechos que ostentan en el capital de esta última, no han sido necesarios el informe de los administradores sobre el Proyecto de Escisión ni el informe de expertos independientes.

En cumplimiento de lo previsto en los artículos 10, 12 y 13 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados y del balance presentado, así como los derechos que les corresponden en los términos previstos en dichos artículos.

Asimismo, se hace constar que se han cumplido los derechos de información de los trabajadores en los términos previstos en el RDL 5/2023

Zaragoza, 25 de agosto de 2026.- Administradora única, María López Valdés.

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