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Documento BORME-C-2026-4832

AUXILIAR METALGRÁFICA ARAGONESA, S.L.U.

(SOCIEDAD SEGREGADA)

AUXIMARA ENVASES, S.L.U.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 167, páginas 6034 a 6035 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-4832

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se transpone la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en lo sucesivo, la LME), se hace público que, el día 25 de agosto de 2026, el Socio Único de Auxiliar Metalgráfica Aragonesa, S.L.U. (la Sociedad Segregada), aprobó la segregación de una parte del patrimonio de dicha sociedad, consistente en la unidad económica de carácter industrial que venía desarrollando, en favor de una sociedad de nueva creación denominada Auximara Envases, S.L.U. (la Sociedad Beneficiaria), así como el Balance de Segregación de la Sociedad Segregada (cerrado a fecha 31 de diciembre de 2025 y verificado por su auditor de cuentas), produciéndose con ello el traspaso en bloque por sucesión universal de dicha parte del patrimonio a la Sociedad Beneficiaria de nueva creación, que recibirá la totalidad de los activos y pasivos, derechos y obligaciones afectos a la mencionada unidad económica, recibiendo la Sociedad Segregada, como contraprestación, la totalidad de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria.

El acuerdo de segregación ha sido adoptado conforme al Proyecto de Segregación (en adelante, el Proyecto de Segregación), suscrito por el administrador único de la Sociedad Segregada, en fecha 22 de junio de 2026. Al respecto, se hace constar que el administrador único de la Sociedad Segregada procedió a depositar en el Registro Mercantil de Zaragoza, correspondiente al domicilio social de la misma: (i) un ejemplar del Proyecto de Segregación; y (ii) un anuncio por el que se informaba al socio único, acreedores y representantes de los trabajadores de la sociedad, de la posibilidad de presentar ante la misma observaciones relativas al Proyecto de Segregación, a más tardar cinco días laborables antes de la fecha de la decisión del Socio Único que en su caso aprobase la segregación. El depósito de dichos documentos fue publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) con fecha de 9 de julio de 2026, núm. 130, pág. 34048 del mismo.

La segregación se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 71.2 de la LME, al tratarse de una segregación en la que la Sociedad Segregada constituirá una nueva sociedad, recibiendo a cambio la titularidad de forma directa de la totalidad (100%) de las participaciones sociales en que se divida el capital de la Sociedad Beneficiaria. En consecuencia, no resulta necesario para esta segregación (i) el informe de los administradores sobre el Proyecto de Segregación, a excepción de la sección destinada a los trabajadores, que sí ha sido elaborada; ni (ii) el informe de experto independiente.

Por último, y de conformidad con los artículos 10 y 13 de la LME, se hace constar: (i) el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Segregada de obtener, en el domicilio social de la Sociedad Segregada, sito en Polígono Industrial Valdemuel, sin número, Épila (Zaragoza), el texto íntegro del referido acuerdo de segregación, así como el Balance de Segregación, cerrado a fecha 31 de diciembre de 2025 y sometido a la verificación de su auditor de cuentas; y que (ii) los acreedores de la Sociedad Segregada cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la publicación del Proyecto de Segregación y que aún no hayan vencido en el momento de dicha publicación, que no estén conformes con las garantías ofrecidas o con la falta de ellas y hayan notificado a la sociedad su disconformidad, podrán, dentro del plazo de un (1) mes a partir de dicha publicación, ejercitar las acciones previstas en el artículo 13 de la LME. No obstante, el ejercicio de los derechos previstos en dicho precepto legal no paralizará la operación de segregación aprobada ni impedirá su inscripción en el Registro Mercantil competente.

Épila (Zaragoza), 26 de agosto de 2026.- El Administrador Único de la Sociedad Segregada, Auxiliar Metalgráfica Aragonesa, S.L.U.: D. Ignacio Linares Vidal.

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