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Documento BORME-C-2026-4925

TRANSACOBO, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

AUTOCARES MARRATXÍ, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 175, páginas 6140 a 6140 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-4925

TEXTO

De conformidad con el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria, con carácter de universal, de Transacobo, S.L., celebrada el 30 de junio de 2026, y las decisiones adoptadas en igual fecha por Transacobo, S.L., como socio único de Autocares Marratxí, S.L. (Sociedad Unipersonal), aprobaron la fusión por absorción de esta última por Transacobo, S.L., en los términos del Proyecto Común de Fusión de 29 de abril de 2026.

La fusión se acoge al régimen simplificado de absorción de sociedad íntegramente participada. No procede canje de participaciones ni aumento de capital de la sociedad absorbente. La operación comportará la extinción sin liquidación de Autocares Marratxí, S.L.U. y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a Transacobo, S.L., que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la absorbida, conforme al artículo 33 del Real Decreto-ley 5/2023.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión. Esta documentación estará disponible en el domicilio social de Transacobo, S.L. indicado anteriormente.

Los acreedores cuyos créditos hubieran nacido antes de la publicación de este anuncio podrán ejercitar los derechos que les reconocen los artículos 13 y 14 del Real Decreto-ley 5/2023, mediante notificación de su disconformidad a la sociedad correspondiente dentro del plazo de un mes desde esta publicación y en los términos legalmente previstos. El ejercicio de tales derechos no paraliza la operación ni impide su inscripción, de acuerdo con el artículo 13.3 del citado Real Decreto-ley.

Se hace constar, a efectos informativos, que los anuncios publicados en el BORME Nº 96 y en el diario Marca ambos de fecha 22 de mayo de 2026 relativos a un anterior acuerdo de fusión de las mismas sociedades quedan sin efecto, este acuerdo fue adoptado por decisión del socio único de Autocares Marratxi S.L.U. y por la Junta Universal y extraordinaria de Transacobo, S.L. de fecha 26 de junio de 2026.

Dicho acuerdo no accedió al Registro Mercantil, sin que se practicase inscripción ni asiento alguno, por lo que no llegó a adquirir eficacia.

La operación de fusión se rige exclusivamente por los acuerdos adoptados el 30 de junio de 2026.

Palma de Mallorca, 3 de septiembre de 2026.- La presidenta del consejo de administración Doña Maria Magdalena Comas Rosselló y Doña Catalina Comas Rosselló, como secretaria del consejo de administración de Transacobo, S.L. y el Administrador Único de Autocares Marratxí, S.L.U., Don Antonio Rosselló Rosselló.

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