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Documento BORME-C-2026-5329

EOS INNOVACION, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

LANDER 2020, S.L.U., JEVIGRUP 2, S.L.U., IMPORT CANTABRIA XXI, S.L.U., TESEO SHOP, S.L.U., IMPORTACIONES LEYRA GUTIERREZ, S.L.U., ZELO STORE, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 193, páginas 6614 a 6614 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-5329

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (RDL 5/2023), se hace público que, con fecha 2 de octubre de 2026, la entidad EOS INNOVACION, S.L.U., conforme acta de decisiones de su socio único TROF 2026, S.L., aprobó la fusión por absorción de: LANDER 2020, S.L.U., JEVIGRUP 2, S.L.U., IMPORT CANTABRIA XXI, S.L.U., TESEO SHOP, S.L.U., IMPORTACIONES LEYRA GUTIERREZ, S.L.U., ZELO STORE, S.L.U., (todas ellas como Sociedades Absorbidas) por parte de: EOS INNOVACION, S.L.U. (como Sociedad Absorbente).

La fusión se realiza de conformidad con el Proyecto Común de Fusión redactado y suscrito por el Administrador Único de las sociedades con fecha 25 de junio de 2026, y sobre la base de los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2025 y aprobados el 15 de junio de 2026.

La operación implica la disolución sin liquidación y consiguiente extinción de las Sociedades Absorbidas, con la transmisión en bloque de la totalidad de sus patrimonios, activos y pasivos, a la Sociedad Absorbente, la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las sociedades extinguidas.

Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán contablemente realizadas por cuenta de la absorbente a partir del 1 de enero de 2026.

Dado que las Sociedades Absorbidas y la Sociedad Absorbente están íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único, resulta de aplicación el régimen simplificado previsto en los artículos 53 y 56 del RDL 5/2023.

En consecuencia, no procede ampliar el capital social ni modificar los estatutos de la Sociedad Absorbente, como tampoco emitir informes de administradores ni de expertos independientes.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cualquiera de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 13 y 14 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho de protección y oposición que, en los términos legalmente previstos, asiste a los acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la publicación del proyecto de fusión y no esté vencido en ese momento.

Santander, 2 de octubre de 2026.- El administrador único de Eos Innovación, S.L.U. (sociedad absorbente), Lander 2020, S.L.U., Jevigrup 2, S.L.U., Import Cantabria XXI, S.L.U., Teseo Shop, S.L.U., Importaciones Leyra Gutiérrez, S.L.U. y Zelo Store, S.L.U. (sociedades absorbidas), D. Vicente Labrador Ramos.

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