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Documento BORME-C-2026-5551

NEBRINOX LÁSER, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA).

GAICTECH MANUFACTURING, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 203, páginas 6889 a 6889 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-5551

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Libro Primero del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio ("RDL"), se hace público que el socio único de Nebrinox Láser, S.L.U. y de Gaictech Manufacturing, S.L.U., asumiendo las funciones de la Junta General Extraordinaria y Universal, al amparo del artículo 15 TRLSC, en fecha 16 de octubre de 2026, ha decidido aprobar la escisión parcial (la "Escisión Parcial") de Nebrinox Láser, S.L.U. (la "Sociedad Escindida") en favor de la entidad ya existente Gaictech Manufacturing, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria"), mediante la transmisión por la Sociedad Escindida, en bloque y por sucesión universal, en favor de la Sociedad Beneficiaria, de una parte de su patrimonio, que constituye una unidad de negocio independiente, todo ello conforme al Proyecto Común de Escisión formulado por el órgano de administración de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a todos los acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en la escisión a solicitar y obtener de forma gratuita el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión aprobados.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la publicación del presente acuerdo de escisión parcial a solicitar, en el plazo de un (1) mes desde la publicación del presente anuncio, al Registrador Mercantil que nombre a un experto independiente para que emita un informe sobre las garantías a los acreedores, en los términos y con los efectos legalmente previstos, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 RDL.

Nigrán, 16 de octubre de 2026.- El Administrador Único, respectivamente, de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria, Gaictech, S.L., a través de su persona física representante, D. Yago Carleos Ben.

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