En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (RD-L 5/2023) se hace público que el pasado día 30 de septiembre de 2026 el Socio Único de la sociedad Neowatio, S.L.U. aprobó la fusión por absorción de Macrina Solar 24, S.L. (sociedad unipersonal) por parte de Neowatio, S.L.U., la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio de la sociedad absorbida que quedará extinguida, todo ello conforme a los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito por el órgano de administración de las sociedades intervinientes el día 29 de septiembre de 2026.
La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida, Macrina Solar 24, S.L.U., está íntegramente participada por la sociedad absorbente Neowatio, S.L.U. En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente. De conformidad con el artículo 10 del RD-L 5/2023, se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión.
Madrid, 15 de octubre de 2026.- El Administrador Único de Neowatio, S.L.U., D. Jesús Angulo De La Pedraja.
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