Está Vd. en

Documento BORME-C-2026-5580

CEFRUSA SERVICIOS FRIGORIFICOS, S.A.

(SOCIEDAD SEGREGADA)

CEFRUSA MADRID, S.L.U.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 204, páginas 6923 a 6923 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-5580

TEXTO

De conformidad con el art. 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el "RDL 5/2023"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de accionistas de Cefrusa Servicios Frigoríficos, S.A. (la "Sociedad Segregada"), celebrada el 4 de septiembre de 2026, acordó, con las mayorías legal y estatutariamente exigibles, la realización de una operación de segregación en virtud de la cual la Sociedad Segregada segregará una parte de su patrimonio, constitutiva de una unidad económica autónoma, consistente en la actividad desarrollada en las instalaciones situadas en Mercamadrid, Avenida del Puerto de Toledo n.º 5, Madrid, dedicada principalmente a la prestación de servicios de almacenamiento frigorífico de productos congelados, con muelles climatizados y puertas abrigadas (la "Rama Segregada").

La Rama Segregada será transmitida en bloque y por sucesión universal a una sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación denominada Cefrusa Madrid, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria"), que adquirirá todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones integrantes de la Rama Segregada, de conformidad con los términos previstos en el proyecto de segregación formulado por el órgano de administración de la Sociedad Segregada y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.

Teniendo en cuenta que la Sociedad Beneficiaria es una sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación y que a la Sociedad Segregada se le atribuirá la totalidad del capital social de la Sociedad Beneficiaria, resulta de aplicación el régimen simplificado previsto en el art. 71.2 del RDL 5/2023, por lo que no ha sido necesaria la emisión de informe de administradores ni de informe de experto independiente sobre el Proyecto de Segregación.

Se hace constar el derecho que corresponde a los accionistas, acreedores y representantes de los trabajadores de la Sociedad Segregada, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de segregación.

Asimismo, se informa a los acreedores que podrán ejercitar los derechos que les reconoce el artículo 13 y concordantes del RDL 5/2023 para solicitar garantías adecuadas, en los términos y plazos legalmente previstos.

En Barcelona, 13 de octubre de 2026.- Administradora Única de Cefrusa Servicios Frigoríficos, S.A.: Assolim Alimentaria, S.L, persona física representante, Don Xavier Castellví Iglesias.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid