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Documento BORME-C-2026-566

INSTALACIONES Y CONSERVACIONES ELÉCTRICAS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 37, páginas 708 a 708 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2026-566

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la Sociedad INSTALACIONES Y CONSERVACIONES ELÉCTRICAS, S.A., con domicilio social, sito en Arahal, Calle Sevilla, número 53-A C.P. 41600, provista de CIF A41136896, celebrada en fecha 17 de febrero de 2026, adoptó por unanimidad, de conformidad con la Ley y sus Estatutos Sociales, el acuerdo de proceder a la reducción del capital social por amortización de acciones propias.

En lo referente a la reducción de capital para amortizar acciones propias, se acordó reducir el capital social en la cifra de 19.532,50 euros, mediante la amortización de 130 acciones propias de 150,25 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas con el número 6, de la 177 a la 258 (ambas inclusive), de la 468 a la 504 (ambas inclusive), de la 517 a la 526 (ambas inclusive), todas de la misma clase. Dichas acciones las mantiene la entidad en autocartera, las cuales habían sido previamente adquiridas por la misma por título de compraventa.

La reducción de capital social mediante la amortización de las acciones propias de la Sociedad no comportará devolución de aportaciones a los accionistas por ser la propia Sociedad la titular de las acciones que se amortizarán. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción será únicamente la amortización de tales acciones propias.

Como consecuencia de la amortización de estas acciones propias, se registra una reducción del importe del capital social igual al valor nominal de las acciones amortizadas, esto es, por un importe de 19.532,50 euros. La diferencia que exista entre el precio de adquisición y el nominal de las citadas acciones, se lleva contra reservas voluntarias con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social.

Como resultado de la reducción de capital acordada, se procederá a dar nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos Sociales y tendrá, en lo sucesivo, el siguiente tenor literal:

Artículo 5.- El capital social se fija en sesenta mil cuatrocientos euros con cincuenta céntimos de euros (60.400,50 euros), íntegramente suscrito y desembolsado, dividido y representado por cuatrocientas dos acciones de 150,25 € de valor nominal cada una de ellas, todas de la misma clase y numeradas correlativamente de la una a la cuatrocientos dos ambas inclusive.

Todo lo anterior se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición a la citada reducción de capital social en el plazo de un (1) mes, en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Arahal (Sevilla), 19 de febrero de 2026.- Administrador Solidario, Alberto Rodríguez Hidalgo.

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