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Documento BORME-C-2026-5736

LUZ & AMBIENTE CONSULTING, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

LUZ & AMBIENTE, S.L.; BOREAL LIGHT, S.L.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 210, de 30 de octubre de 2026, páginas 7115 a 7116 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-5736

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,de 28 de junio, por el que, entre otras materias, se transponen Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (RDL 5/2023), se hace público que, con fecha 26 de octubre de 2026, los socios de Luz & Ambiente Consulting, S.L. (la sociedad absorbente) y los socios de Luz & Ambiente, S.L. y Boreal Light, S.L. (las sociedades absorbidas y, conjuntamente con la sociedad absorbente, las sociedades) adoptaron las correspondientes decisiones de aprobación de la fusión por absorción de las sociedades absorbidas por la sociedad absorbente (la fusión), en los términos establecidos en el proyecto común de fusión formulado y suscrito por los órganos de administración de la sociedades el 25 de junio de 2026.

Como consecuencia de la fusión, las sociedades absorbidas se extinguirán sin liquidación y transmitirán en bloque la totalidad de su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos sus bienes, derechos, obligaciones y relaciones jurídicas.

Las sociedades aprobaron como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2025. A efectos contables, las operaciones realizadas por las sociedades absorbidas se considerarán efectuadas por cuenta de la sociedad absorbente desde el 1 de enero de 2026. La fusión adquirirá eficacia jurídica con la inscripción de la absorción en el Registro Mercantil de Madrid.

Las juntas generales de socios de las sociedades, celebradas con carácter universal, aprobaron por unanimidad la fusión, al amparo del artículo 9.1 del RDL 5/2023, sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por dicha norma. Esta forma de aprobación no restringe los derechos de información de los trabajadores sobre la fusión, conforme al artículo 9.2 del RDL 5/2023. Los trabajadores de las sociedades recibieron el 28 de mayo de 2026 una comunicación individual por vía electrónica sobre la operación y sus consecuencias laborales, acompañada del informe de los administradores previsto en artículo 5.1 del RDL 5/2023.

De conformidad con el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades a obtener gratuitamente el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los respectivos balances de fusión, documentación que se encuentra a su disposición en los domicilios sociales de las sociedades.

Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades cuyos créditos cumplan los requisitos legalmente establecidos podrán ejercitar los derechos de protección y, en su caso, solicitar garantías adecuadas en los términos y plazos previstos en los artículos 13 y 14 del RDL 5/2023.

Madrid, 29 de octubre de 2026.- Presidenta del Consejo de Administración, Dña. María del Carmen García Pallarés y la secretaria Consejo de Administración, Dña. Guadalupe García Pallarés de Luz & Ambiente Consulting, S.L. (sociedad absorbente) y de Boreal Light, S.L. (sociedad absorbida). Presidenta Consejo de Administración, Dña. Guadalupe García Pallarés y la secretaria Consejo de Administración, Dña. María del Carmen García Pallarés de Luz & Ambiente, S.L. (sociedad absorbida).

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