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Documento BORME-C-2019-1123

GAVANENCA DE TERRENYS I IMMOBLES, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 56, páginas 1391 a 1391 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-1123

TEXTO

A los efectos de los dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hacen públicos los acuerdos aprobados en la Junta General de la sociedad "Gavanenca de Terrenys i Immobles, S.A.", el día 28 de febrero de 2019.

Acuerdos del pleno del Ayuntamiento de Gava, como Junta General de la Sociedad Privada Municipal "Gavanenca de Terrenys i Immobles, S.A." relativos a la reducción de Capital Social de la Sociedad.

Primero.- Aprobar una reducción de Capital Social en Gavanenca de Terrenys i Immobles por importe de 1.499.358,95 euros con la finalidad de devolver parte de las aportaciones realizadas al Capital Social, mediante la reducción del valor nominal de cada una de las 90.541 acciones ordinarias que pasan de un valor nominal de 181,03 euros a un valor nominal de 164,47 euros.

Segundo.- Dar una nueva redacción a los artículos 5 (capital social) y 6 (accciones) de los estatutos de la sociedad, redacción que en adelante es la siguiente:

"Artículo 5.- Capital Social. La sociedad tiene un Capital Social de catorce millones ochocientos noventa un mil doscientos setenta y ocho euros con veintisiete céntimos (14.891.278,27 €), totalmente subscrito y desembolsado por el Ayuntamiento de Gàva, el cual no podrá transferirlo ni destinarlo a otras finalidades.

Artículo 6.- Acciones. El capital social está dividido y representado por 90.541 acciones ordinarias y de una sola serie de 164,47 euros de valor nominal cada una. Las acción serán nominativas, numeradas correlativamente desde el 1 al 90.541 ambos incluidos y estarán representadas por títulos, que podrán ser unitarios o múltiples, y serán autorizadas con la firma autógrafa de dos miembros del Consejo de Administración. Se cortarán de libros talonarios y contendrán el resto de los requisitos legales. Todas las acciones disfrutarán de derechos iguales, en todo momento.".

Tercero.- Solicitar al Departamento de Economía y Finanzas el informe previsto en el art. 40.1.d del Decreto 336/1988, de 17 de octubre por el cual se aprueba el Reglamento del Patrimonio de los entes locales y someter los acuerdos de la Junta General a los requisitos de publicidad que establecen los artículos 319 y 336 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Cuarto.-Proceder, cuando proceda, a abonar al socio único Ayuntamiento de Gavà el importe de la reducción de capital (1.499.358,95 €).

Quinto.- El Pleno del Ayuntamiento de Gavà, como Junta General de la mencionada Sociedad Municipal, faculta a la Sra. Rosa María Fernández Labella, Consejera-delegada de la misma, para que eleve a escritura pública la reducción de capital, pudiendo ejecutar y desarrollar los acuerdos que aquí se adoptan, subsanar las omisiones y errores sufridos en su caso, realizar los actos que hagan falta y otorgar documentos públicos y privados que fueran necesarios para la plena efectividad hasta conseguir la inscripción en el Registro Mercantil.

Gavà, 6 de marzo de 2019.- El Secretario del Consejo de Administración, Juan José Bernal Cid.

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