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Documento BORME-C-2019-1745

HOTELS & RESORTS BLUE SEA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HOTELS & RESORTS HAPPINESS, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
BLUE SEA TRAVEL XXI, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 72, páginas 2174 a 2174 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-1745

TEXTO

Anuncio de Fusión por absorción.

Con fecha 9 de abril de 2019, y con arreglo a lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), la Junta General de accionistas la sociedad de nacionalidad española Hotels & Resorts Blue Sea, S.A. (la "Sociedad Absorbente"), ha aprobado la fusión por absorción por parte de ésta de las sociedades de nacionalidad española Hotels & Resorts Happiness, S.L.U., y Blue Sea Travel XXI, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas" y, conjuntamente con la Sociedad Absorbente, las "Sociedades Intervinientes"), todo ello ajustado a los términos y condiciones del proyecto común de fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de las Sociedades Intervinientes con fecha 21 de febrero de 2019 (el "Proyecto de Fusión").

A resultas de la fusión, la Sociedad Absorbente absorberá a las Sociedades Absorbidas, de suerte que estas últimas se extinguirán, vía disolución sin liquidación, y transmitirán en bloque todo su patrimonio social a favor de la Sociedad Absorbente, la cual adquirirá, por sucesión universal, todos sus derechos y obligaciones (la "Fusión"). En la medida en que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de cada una de las Sociedades Absorbidas, se hace constar que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 49.1.4.º LME, la Fusión ha sido aprobada por la Junta General de accionistas de la Sociedad Absorbente, sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la Fusión por el socio único de las Sociedades Absorbidas.

Se hace constar que los socios y acreedores de las Sociedades Intervinientes tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de aprobación de la Fusión y de los correspondientes balances de fusión en el domicilio social de las Sociedades Intervinientes.

Según lo previsto en el artículo 44 de LME, durante el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de la última publicación de este anuncio, podrán oponerse a la Fusión los acreedores de las Sociedades Intervinientes cuyo crédito hubiese nacido antes de la fecha de publicación de este anuncio de fusión y no estuviese vencido en ese momento, hasta que se les garanticen tales créditos. No gozarán de ese derecho los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados.

En Palma de Mallorca, 9 de abril de 2019.- Don Ramón Cerdeiras Checa, Secretario del Consejo de Administración de Hotels & Resorts Blue Sea, S.A. .- Don Sebastiá Catalá Santandreu y don Francisco Gimena Ramos, Administradores Mancomunados de Hotels & Resorts Happiness, S.L.U. .- Don Sebastiá Catalá Santandreu, Administrador único de Blue Sea Travel XXI, S.L.U.

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