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Documento BORME-C-2019-2524

PREFABRICADOS ALVE, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 85, páginas 3074 a 3074 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2019-2524

TEXTO

La Administradora de la sociedad, doña Carmen Álvarez Vega, convoca a los socios de la mercantil PREFABRICADOS ALVE, S.L., a la Junta General que se celebrará en el domicilio social sito en El Picu sin número, Pruvia, Llanera (Asturias), para el próximo día 27 de Mayo de 2019 a las 10:00 para tratar los asuntos comprendidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación de la Revocación/anulación de los acuerdos de la Junta General de Socios celebrada el día 15 de noviembre de 2018.

Segundo.- Aprobación en su caso del aumento de capital con cargo a aportaciones dinerarias, sin exclusión del derecho de suscripción preferente, y acogiéndose a los siguientes puntos respaldados por los artículos 304 (en su punto 1), 305 y 307 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley de Sociedades de Capital, de tal forma que: - Cada socio tendrá derecho a asumir un número de participaciones sociales proporcional al valor nominal de las que posea (artículo 304.1). - El plazo para el ejercicio del derecho se establecerá en cinco semanas desde la publicación del anuncio de la oferta de asunción de las nuevas participaciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (artículo 305). - Las participaciones no asumidas en el ejercicio del derecho de preferencia podrán ser asumidas por el resto de socios que lo hubieran ejercitado, contando con un plazo no superior a quince días desde la conclusión del establecido para la asunción preferente (artículo 307). - Si el aumento de capital no se hubiese desembolsado íntegramente dentro del plazo fijado, el capital quedará aumentando en la cuantía desembolsada, salvo que quede previsto en el acuerdo que el aumento quede sin efecto, en este caso se hará restitución de las aportaciones en los términos establecidos en el ROL 1/2010 (artículo 310).

Tercero.- Si se alcanzase un acuerdo favorable respecto al punto Segundo, modificación del artículo 62 de los Estatutos Sociales.

Cuarto.- Examen y aprobación si procede de la modificación del artículo 20 de los Estatutos Sociales.

Quinto.- Presentación y aprobación, si procede, de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2018, así como la propuesta de distribución de resultados.

Se hace constar en base al artículo 287 del ROL 1/2010 por el que se aprueba la LSC, el derecho que corresponde a todos los socios de examinar en el domicilio social el texto integro de la modificación propuesta.

Llanera, 26 de abril de 2019.- La Administradora única, Carmen Álvarez Vega.

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