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Documento BORME-C-2019-2829

ZOCALO URBANA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HOME PLUS INVESTMENT, S.L.U.
CONSTRUCCIONES GÓMEZ JORDÁN, S.L.U.
CONSTRUCCIONES SERNA-MORENO, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 88, páginas 3409 a 3410 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-2829

TEXTO

Anuncio de Fusión.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de la sociedad absorbente que a su vez es también el socio único de las sociedades absorbidas, la mercantil Promociones Azarbe, S.A., debidamente representada por su Administradora solidaria, la mercantil Marvi Igp Investments, S.L., r.p.f. doña María Isabel García Peralta, en ejercicio de las competencias de la Junta general, decidió el día 2 de enero de 2019, la fusión por absorción de las sociedades absorbidas, con la entera transmisión en bloque de sus patrimonios sociales, que se extinguirán mediante la disolución sin liquidación y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente.

La mencionada fusión se acordó en los términos del Proyecto de Fusión suscrito el día 2 de enero de 2019, por los Administradores de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado por decisión del socio único de la sociedad absorbente y por el socio único de las sociedades absorbidas, el mismo día.

La fusión tiene carácter de especial por cuanto se trata de una fusión de sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único de conformidad con el artículo 52.1, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por lo que no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital social de la sociedad absorbente, ni la aprobación de la fusión por el socio único de la absorbente y el socio único de las sociedades absorbidas, que además es coincidente.

Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión ni tampoco incluir en el mismo las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Se aprobaron los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2018, y las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del 1 de enero de 2019. No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste al socio único y acreedores de las sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Alicante, 25 de marzo de 2019.- El Administrador único de la sociedad absorbente, y Administrador único de la sociedad absorbida Home Plus Investment, S.L.U. Así como la Compañía Mercantil Promociones Azarbe, S.A., representada por su Administradora solidaria, Marvi Igp Investments, S.L., r.p.f. como Administradora única de las otras dos sociedades absorbidas, Construcciones Gómez Jordán, S.L.U., Construcciones Serna-Moreno, S.L.U., Juan Carlos Lanzarote García. María Isabel García Peralta.

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