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Documento BORME-C-2019-5728

IDASA SISTEMAS, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ROSMIMAN, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
ROSMIMAN SOFTWARE CORPORATION, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 6773 a 6773 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5728

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, (en adelante la Ley), se hace público que por acuerdo adoptado en las Juntas Generales y Universales de socios de las mercantiles IDASA SISTEMAS, S.L.U., ROSMIMAN, S.L.U., y ROSMIMAN SOFTWARE CORPORATION, S.L., celebradas el día 30 de junio de 2019, se aprobó por unanimidad la Fusión de dichas Sociedades, en virtud de las cuales, la mercantil IDASA SISTEMAS, S.L., Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbente), ha procedido a la fusión por absorción de la mercantil ROSMIMAN, S.L., Sociedad Unipersonal, (Sociedad Absorbida), estando ambas sociedades, absorbente y absorbida, participadas directamente al 100% por el mismo socio, y la mercantil IDASA SISTEMAS, S.L., Sociedad Unipersonal, (Sociedad Absorbente), ha procedido a la fusión inversa, mediante la absorción de la mercantil ROSMIMAN SOFTWARE CORPORATION, S.L. (Sociedad Absorbida), siendo ésta última, titular directa del 100% del capital social de la Sociedad Absorbente, procediéndose a la transmisión en bloque de sus patrimonios sociales en favor de la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.

A dichos procesos de fusión le es aplicable el régimen simplificado regulado por los artículos 49 y 52, de la referida Ley, habiendo sido adoptado conforme al Proyecto común de Fusión de fecha 31 de mayo de 2019, con aprobación del Balance de Fusión de las sociedades intervinientes cerrados a fecha 31 de diciembre de 2018, y considerándose realizadas a efectos contables las operaciones de las Sociedades Absorbidas por cuenta de la Sociedad Absorbente desde el día 1 de enero de 2019.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la referida Ley, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44 de la referida Ley, durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Alicante, 1 de julio de 2019.- El Administrador único de las mercantiles Idasa Sistemas, S.L.U., Rosminan Software Corporation, S.L., y Administrador solidario de la mercantil Rosminan, S.L.U., Miguel Seriola Rodas.

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