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Documento BORME-C-2019-6295

LAS LAGUNAS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FINGARSA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 146, páginas 7417 a 7418 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6295

TEXTO

A los efectos del artículo 43 Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles. ("LME"), se hace público:

– Que el Socio único de la Sociedad Absorbente, en fecha 27 de junio de 2019, aprobó la fusión de las sociedades mencionadas, mediante la absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente.

– Que la Sociedad Absorbente, adquiere de la Sociedad Absorbida, en bloque y por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de ésta última, que queda disuelta sin liquidación.

– Que la Sociedad Absorbida se halla íntegramente participada, de forma directa, por el mismo Socio único que la Sociedad Absorbente. En consecuencia, el procedimiento elegido es el especial simplificado previsto en el apartado primero del artículo 52 de la LME en relación con el artículo 49 de dicho cuerpo normativo.

– Que en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior, no resulta necesario incluir en el proyecto de fusión lo siguiente: (i) tipo y procedimiento de canje; (ii) fecha a partir de la cual los titulares de las nuevas participaciones sociales tienen derecho a participar en las ganancias de la Sociedad Absorbente (toda vez que no existen nuevas participaciones sociales); (iii) información sobre la valoración del patrimonio que se transmite; (iv) fechas de los balances de las sociedades que se fusionan utilizadas para establecer las condiciones en que se realiza la Fusión; (v) informes de Administradores ni de expertos independientes sobre el proyecto común de fusión. Asimismo, la Sociedad Absorbente no tendrá que llevar a cabo un aumento de su capital social al ser una sociedad íntegramente participada por el mismo Socio único que la Sociedad Absorbida. A efectos aclaratorios, el patrimonio adquirido por la Sociedad Absorbente se reflejará mediante la dotación de la correspondiente reserva. Por último,la fusión no tendrá que ser aprobada por el Socio único de la Sociedad Absorbida, toda vez que es el mismo socio que el de la Sociedad Absorbente.

– Que no es necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos legalmente en los artículos 42 y 52 de la LME en relación con el artículo 49 de la misma norma.

– Que han sido aprobados los respectivos balances de fusión cerrados a fecha 31 de diciembre de 2018.

- Que ni la Sociedad Absorbente ni la Sociedad Absorbida están obligadas a someter sus cuentas anuales a verificación por parte de un auditor, por lo que los balances de fusión y las modificaciones de las valoraciones contenidas en los mismos no deberán ser verificados por los auditores de cuentas.

– Que la fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad Absorbida habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente, será el 1 de enero de 2019.

– Que como consecuencia de su aprobaciónse ha decidido cambiar la denominación de la Sociedad Absorbente, Las Lagunas, S.L., que en adelante pasará a denominarse como la Sociedad Absorbida, Fingarsa, S.L.

– Que, asimismo, el Socio único decidió trasladar el domicilio social de la Sociedad Absorbente a calle de Velázquez, número 154, Madrid.

– Que los restantes artículos de la Sociedad Absorbida no se verán modificados como consecuencia de la fusión.

Asimismo se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes balances de fusión así como el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, y que podrá ejercitarse por los mismos dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 15 de julio de 2019.- El Administrador único de Las Lagunas, S.L.U., Productos España, S.L., representante doña Emilia Garzón López.- El Administrador único de Fingarsa, S.L.U., Productos España, S.L., representante doña Emilia Garzón López.

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