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Documento BORME-C-2019-8768

ECOASFALT, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PEÑA SANTA DE INVERSIONES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 227, páginas 10174 a 10174 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8768

TEXTO

Anuncio de fusión

Se hace público que el accionista único de la sociedad absorbente, ejerciendo las competencias propias de la Junta General de la Sociedad según el artículo 15.1 de la Ley de Sociedades de Capital aprobó, con fecha 21 de noviembre de 2019, la fusión de Ecoasfalt, S.A., como sociedad absorbente y de Peña Santa de Inversiones, S.L., como sociedad. absorbida, con disolución sin liquidación, y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que compone su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación del capital social de la sociedad absorbente.

Se trata de una fusión inversa en la que la sociedad absorbida, Peña Santa de Inversiones, S.L., es titular de forma directa de todas las participaciones de la sociedad absorbente, Ecoasfalt, S.A. De este modo, y por virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la LME, se trata de un supuesto asimilado a la absorción de sociedades íntegramente participadas. Resulta, en consecuencia, de aplicación por remisión expresa del citado artículo 52, el artículo 49.1 de la LME. Por tanto, no han resultado necesarios los informes de los Administradores, ni los de los expertos independientes. Tampoco ha sido necesario el canje de acciones, ni se ha introducido reforma alguna en los Estatutos de la sociedad absorbente como consecuencia de la fusión.

Tampoco será necesario en virtud del artículo 42 de la LME, publicar o depositar el proyecto de fusión (aprobado por los Administradores el 30 de junio de 2019) ni los documentos exigidos por la ley.

Conforme al acuerdo de fusión aprobado, las operaciones realizadas por la sociedad absorbida se entenderán realizadas, por cuenta de la absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2019, inclusive.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 21 de noviembre de 2019.- El Secretario del Consejo de Administración de Ecoasfalt, S.A., Jorge Gómez.- El Presidente de Peña Santa de Inversiones, S.L., Javier Santos.

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