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Documento BORME-C-2020-6557

BOLUDA TOWAGE GERMANY GMBH
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BOLUDA TOWAGE DEUTSCHLAND, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 213, páginas 7983 a 7983 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-6557

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción transfronteriza intracomunitaria

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), por remisión del artículo 55 de la LME, se hace público que el socio único de la sociedad de nacionalidad española Boluda Towage Deutschland, S.L.U. ("Boluda SL" la "Sociedad Absorbida"), esto es, la sociedad de nacionalidad alemana Boluda Towage Germany GmbH ("Boluda GmbH" y la "Sociedad Absorbente" y, conjuntamente con la Sociedad Absorbida, las "Sociedades Intervinientes"), ha aprobado, con fecha 29 de octubre de 2020, (i) el Proyecto Común de Fusión, (ii) el balance de fusión de la Sociedad Absorbida, y (iii) la operación de fusión en sí misma (en los mismos términos y condiciones que los establecidos en el referido Proyecto Común de Fusión), en virtud de la cual Boluda GmbH absorbe a Boluda, S.L., transmitiéndose en bloque el patrimonio social de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá por sucesión universal, y extinguiéndose aquella (la "Fusión Transfronteriza").

El Proyecto Común de Fusión ha quedado depositado en el Registro Mercantil Alemán, el día 18 de agosto de 2020 y, en el Registro Mercantil de Madrid, el día 19 de agosto de 2020.

De conformidad con el artículo 43 y 66 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, accionistas y acreedores de las Sociedades Intervinientes en la Fusión Transfronteriza a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión en el domicilio social de la Sociedad Absorbida, ubicado en la calle Capitán Haya, n.º 21, Madrid (28020), España. Se hace constar igualmente que se ha puesto a disposición de los socios y representantes de los trabajadores de las Sociedades Intervinientes la documentación prevista en el artículo 39 de la LME.

Asimismo, según lo previsto en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de la última publicación de este anuncio, podrán oponerse a la Fusión Transfronteriza los acreedores y, en su caso, obligacionistas de las Sociedades Intervinientes cuyo crédito hubiese nacido antes de la fecha de publicación de este anuncio y no estuviese vencido en ese momento, hasta que se les garanticen tales créditos. No obstante, no gozarán de este derecho los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados

Madrid, 29 de octubre de 2020.- Administrador único de Boluda Towage Deutschland, S.L.U, Vicente Boluda Fos.

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