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Documento BORME-C-2020-7087

ESTILOGRÁFICA, S.A.
(SOCIEDAD QUE REDUCE EL CAPITAL, TRANSFORMADA Y ESCINDIDA)
ESTILOGRÁFICA, S.L.
MOLIN ARTÍCULOS DE ESCRITURA, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 8606 a 8607 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2020-7087

TEXTO

Anuncio de reducción de capital por condonación de dividendos pasivos, transformación de sociedad anónima en sociedad de responsabilidad limitada y escisión total.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en la Junta General Extraordinaria de la mercantil ESTILOGRÁFICA, S.A., de carácter universal, celebrada en el domicilio social el 2 de noviembre de 2020, se acordó por unanimidad de todos los asistentes reducir el capital social, por condonación de dividendos pasivos, por importe de 112.125,00 euros, mediante la disminución del valor nominal de las 3.000 acciones, pasando de 100 euros a 62,625 euros de valor nominal cada una de ellas, quedando fijado el nuevo capital social en 187.875,00 euros, totalmente suscrito y desembolsado. La finalidad de la reducción de capital es la condonación de dividendos pasivos no satisfechos. Se modifica el artículo 5 relativo al capital social.

Con carácter simultaneo a la reducción de capital social, se acordó en la misma Junta la transformación de la entidad de sociedad anónima a sociedad limitada, con el capital social resultante tras la reducción de capital por condonación de dividendos pasivos, manteniendo el mismo domicilio, objeto y, en general, los mismos estatutos, salvo por la necesaria adaptación a su nuevo tipo social.

Asimismo, se aprobó como balance de transformación, el balance cerrado a 30 de septiembre de 2020, la sustitución de acciones por participaciones y la adjudicación de una participación por cada acción de los socios.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 3/2009, se pone de manifiesto que el presente acuerdo de transformación se aprobó por unanimidad y por tanto sin necesidad de haberse puesto a disposición de los socios la información establecida en el art. 9.1. de la Ley 3/2009 y no procediendo aplicar el derecho de separación del socio regulado en el artículo 15 de la citada Ley.

Tras la transformación acordada, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, en la misma Junta del 2 de noviembre de 2020 de ESTILOGRÁFICA, S.A., y en la Junta General Universal de Socios de MOLIN ARTÍCULOS DE ESCRITURA, S.L., por unanimidad de todos los socios en ambas juntas, se acordó por unanimidad la escisión total de ESTILOGRÁFICA, S.L., traspasando en bloque por sucesión universal su patrimonio a dos sociedades beneficiarias, una de nueva creación denominada ESTILOGRÁFICA, S.L., y otra sociedad ya existente denominada MOLIN ARTÍCULOS DE ESCRITURA, S.L., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 y 69 de la Ley 3/2009.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad de ejercitar el derecho de oposición durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos previstos en la Ley de Sociedades de Capital y el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados del balance de transformación y a impugnar la misma, en los términos establecidos en el artículo 20 de la Ley 3/2009, durante el plazo de tres meses desde la inscripción del acuerdo de transformación. También el derecho que asiste a los socios de la sociedad a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de transformación.

También se deja expresa constancia del derecho que asiste a los socios, a los acreedores y a los trabajadores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión. Del mismo modo, se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión a oponerse a la escisión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la LME.

Se deja constancia de la inexistencia de titulares de derechos especiales distintos de las acciones.

Cornellà de Llobregat, 9 de noviembre de 2020.- En su condición de administradores únicos de Estilográfica, S.A. y Molin Artículos de Escritura, S.L., respectivamente, Amadeo Árboles Serentill y Ana Árboles Serentill.

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