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Documento BORME-C-2022-7568

MAINSA PLATAFORMAS, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TRANSPORTE DE MÁQUINAS SANTANDER, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 9039 a 9039 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7568

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de MAINSA PLATAFORMAS, S.L. (Sociedad Unipersonal) (la "Sociedad Absorbente"), en acto de consignación de decisiones de socio único celebrado el 17 de noviembre de 2022 con carácter de junta general extraordinaria y universal, y la junta general extraordinaria, celebrada con carácter universal, de socios de TRANSPORTE DE MÁQUINAS SANTANDER, S.L. (la "Sociedad Absorbida"), celebrada con fecha 17 de noviembre de 2022, han aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 17 de noviembre de 2022.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, la atribución de participaciones de la Sociedad Absorbente a los socios de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

En la medida en que las sociedades intervinientes en la operación de fusión son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado en junta general de socios con la asistencia o representación de todos ellos y por unanimidad, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

En Heras (Cantabria), 17 de noviembre de 2022.- Administradora Única de Transporte De Máquinas Santander, S.L., Dª Carmen Crespo Saiz y Administrador Único de Mainsa Plataformas, S.L. (Sociedad Unipersonal), D. José Antonio Gutiérrez Cobo.

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