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Documento BORME-C-2017-8653

LAFBOVIS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EXNOSTER SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 206, páginas 10018 a 10018 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8653

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el art. 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME"), se hace público que la Junta General de socios, reunida con carácter extraordinaria y universal de la mercantil LAFBOVIS, S.L. (Sociedad Absorbente) y la Junta General de socios, reunida con carácter extraordinaria y universal de EXNOSTER, S.L. (Sociedad Absorbida), ejerciendo las competencias que tienen atribuidas, han adoptado con fecha 30 de septiembre de 2017 la decisión de aprobar la fusión por absorción de Exnoster, S.L. por parte de Lafbovis, S.L. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Ambas sociedades están íntegramente participadas por los mismos socios.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado y suscrito por los administradores de ambas sociedades. De conformidad con los dispuesto en el art. 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión, al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión unánime de todos los socios.

De conformidad con lo establecido en el art. 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las respectivas sociedades a obtener, en el domicilio social, el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y el balance de la misma, así como el derecho de oposición que les corresponde a los acreedores, en los términos previstos en el art. 44 de la Ley 3/2009.

Albalatillo, 23 de octubre de 2017.- Administradores de Sociedad Absorbente y Absorbida.

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