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Documento BORME-C-2018-6880

SABA APARCAMIENTOS, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SABA PARK 3, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 153, páginas 8025 a 8025 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-6880

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") se hace público que el día 4 de mayo de 2018, la Junta General Ordinaria de Accionistas de Saba Aparcamientos, Sociedad anónima (sociedad absorbente), debidamente convocada mediante los anuncios publicados en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" y en la página web de la Sociedad (www.saba.es) el día 28 de marzo de 2018, y el socio único de Saba Park 3, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbida), ejerciendo las competencias de la junta general, adoptaron el acuerdo de fusión por absorción de Saba Park 3, Sociedad limitada Unipersonal por parte de Saba Aparcamientos, Sociedad Anónima, con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

La fusión fue acordada sobre la base del proyecto común de fusión suscrito por el órgano de administración de las sociedades intervinientes con fecha 15 de febrero de 2018, que fue insertado en la página web de Saba Aparcamientos, Sociedad anónima (www.saba.es) con fecha 16 de febrero de 2018, con posibilidad de ser descargado e impreso debidamente, y quedó depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, según anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil el 26 de febrero de 2018, sobre la base de los balances individuales de la sociedad absorbente como de la sociedad absorbida cerrados a 31 de diciembre de 2017. La fusión tiene efectos contables desde el día 1 de enero de 2018.

El proceso de fusión es el incluido en el artículo 49 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, al estar la sociedad absorbida íntegra y directamente participada por la sociedad absorbente, no siendo por tanto necesario el informe de expertos, ni de los administradores, así como tampoco el tipo de canje de valores.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de la fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores del derecho de oposición a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Barcelona, 30 de julio de 2018.- Don Josep Martínez Vila, persona física representante de Saba Infraestructuras, Sociedad Anónima, Administrador único de Saba Aparcamientos, Sociedad Anónima y como Administrador único de Saba Park 3, Sociedad Limitada Unipersonal.

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