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Documento BORME-C-2018-8389

ISS FACILITY SERVICES, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LLOYD OUTSOURCING, S.L, SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 9777 a 9777 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-8389

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el accionista y socio único, respectivamente, de ISS Facility Services, S.A., Sociedad Unipersonal (la "Sociedad Absorbente") y de Lloyd Outsourcing, S.L., Sociedad Unipersonal (la "Sociedad Absorbida") en fecha 30 de octubre de 2018 ha aprobado la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, en los exactos términos y condiciones establecidos en el proyecto común de fusión formulado por los respectivos órganos de administración de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida en fecha 29 de junio de 2018, depositado en fecha 4 de octubre de 2018 en el Registro Mercantil de Madrid, causando la inscripción al tomo 37.192, folio 1, sección 8, hoja M-663.650, inscripción 1ª y en fecha 1 de octubre de 2018 en el Registro Mercantil de Barcelona, bajo el número 136, causando la nota al margen de la inscripción 21ª, obrante al folio 111 del tomo 46.541, hoja B-441.289 y publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil en fechas 15 de octubre de 2018 (Madrid) y 9 de octubre de 2018 (Barcelona), en los números 198 y 195 y las páginas 44332 y 43722, respectivamente.

La operación de fusión por absorción proyectada implicará la integración de la Sociedad Absorbida en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque de su patrimonio en beneficio de la Sociedad Absorbente, su extinción sin liquidación, y sin que proceda el aumento del capital social de la Sociedad Absorbente dado que la Sociedad Absorbida y la Sociedad Absorbente están íntegramente participadas de forma directa por el mismo accionista/socio único.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 LME, se hace constar el derecho que asiste al accionista/socio único y a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones de fusión adoptadas, así como los respectivos Balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Barcelona, 30 de octubre de 2018.- Presidente de los respectivos Consejos de Administración de las sociedades intervinientes en la fusión, Jesús Javier Urbiola Pérez.

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