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Documento BORME-C-2019-850

MOVICITY SISTEMAS Y DESARROLLOS PARA LA MOVILIDAD, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 43, páginas 1039 a 1039 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-850

TEXTO

En la Junta General Extraordinaria de accionistas de "Movicity Sistemas y Desarrollos para la Movilidad, S.A." celebrada el día 26 de febrero de 2019, en Madrid, en la calle Don Quijote, número 63, 1B, los señores accionistas acordaron por unanimidad reducir el capital social en la cantidad de sesenta mil euros (60.000 €), esto es, hasta la suma de sesenta mil euros (60.000 €) mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones hasta la cifra de cinco euros (5 €) con la finalidad de condonar la obligación de realizar las aportaciones pendientes en virtud de la Escritura de Constitución de la Sociedad, otorgada el 17 de marzo de 2014, ante el Notario de Madrid, don Rodrigo Tena Arregui, bajo el número 447 de su protocolo.

Dada la finalidad de la reducción de capital social y por aplicación del artículo 334 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción de capital, cuyos créditos no hayan vencido en dicho momento y hasta que se garanticen tales créditos, tendrán derecho a oponerse a la reducción.

En consecuencia, de conformidad con el artículo 336 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, una vez transcurrido un mes desde la fecha en que se produzca la publicación de los anuncios de reducción de capital en el BORME y en un periódico de gran circulación de la provincia donde la sociedad tiene su domicilio, y en caso de que no exista oposición de acreedores o en caso de oposición, una vez garantizados los créditos de los acreedores que se hayan opuesto, se procederá a la ejecución de la presente reducción de capital en una plazo máximo de quince (15) días desde dicha fecha.

Igualmente, los señores accionistas acordaron por unanimidad y como consecuencia del acuerdo anterior, modificar los artículos 5.º y 7.º de los Estatutos Sociales los cuales tendrán la siguiente redacción: "Artículo 5.º. - CAPITAL SOCIAL.- El Capital Social se fija en SESENTA MIL EUROS (60.000 €), dividido en DOCE MIL (12.000) acciones ordinarias, de una única clase, y de CINCO EUROS (5 €) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 12.000 €, ambos inclusive." "Artículo 7.º. - DESEMBOLSO.- Las acciones se encuentran íntegramente desembolsadas."

Madrid, 26 de febrero de 2019.- El Presidente, Javier Rego Yáñez.

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