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Documento BORME-C-2020-1121

REGATAS Y ALQUILER, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALMAGRUP 2005, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 56, páginas 1333 a 1333 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-1121

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público la adopción del acuerdo de fusión de fecha 29 de febrero de 2020 adoptado por las juntas generales de las sociedades «REGATAS Y ALQUILER, S.L.» y «ALMAGRUP 2005, S.L.U.», mediante la absorción de la segunda por la primera, con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la sociedad absorbida, que se extinguirá, mediante disolución sin liquidación, y consiguientemente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones previstos en el proyecto común de fusión suscrito el día 15 de enero de 2020 por los administradores de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado por los socios de la sociedad absorbente.

La fusión tiene el carácter de impropia, por cuanto la sociedad absorbida está íntegramente participada por la sociedad absorbente y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la mencionada Ley 3/2009, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital social de la sociedad absorbente, ni la aprobación de la fusión por el socio único de la sociedad absorbida. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes del proyecto común de fusión. No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del ultimo anuncio del acuerdo de fusión.

Valencia, 29 de febrero de 2020.- Los Administradores solidarios. Por Regatas y Alquiler, S.L., Laura Sánchez Martínez. Por Almagrup 2005, S.L.U., Javier Sánchez Martínez.

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