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Documento BORME-C-2022-6901

LUVI 2000, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
LUVI PROYECTOS INMOBILIARIOS, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 209, páginas 8271 a 8271 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6901

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que con fecha 27 de octubre de 2022, el socio único de la sociedad Luvi 2000, S.L.U. (la "Sociedad Escindida") acordó la escisión parcial de una unidad económica de su patrimonio consistente en la totalidad de las participaciones sociales de la sociedad Luvi 2000 Real Estate, S.L.U. y su consiguiente transmisión en bloque a una sociedad de nueva creación, Luvi Proyectos Inmobiliarios, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria"), la cual se constituirá simultáneamente y como consecuencia de la presente escisión parcial y adquirirá por sucesión universal la rama de actividad anteriormente citada, adjudicando al socio único de la Sociedad Escindida la totalidad de las nuevas participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria. La escisión parcial se ha llevado a cabo en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial redactado y suscrito por el administrador único de la Sociedad Escindida con fecha 30 de junio de 2022.

Se hace constar que, por aplicación del artículo 78 bis, no ha sido preciso elaborar el informe de administradores sobre el proyecto de escisión, el nombramiento de expertos independientes ni el balance de escisión en la Sociedad Beneficiaria. Tampoco ha sido necesario la publicación o depósito del proyecto de escisión en virtud del artículo 42 LME.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y, se informa a los acreedores del derecho que les asiste de oponerse a la mencionada escisión parcial durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión parcial en los términos señalados en los artículos 43 y 44 de la LME, por remisión del artículo 73 de la misma ley.

En Valencia, 27 de octubre de 2022.- El Administrador único de la Sociedad Escindida, Don Iván Luis Espejo Grima.

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