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Documento BORME-C-2019-379

GUELFI BIANCHI ENERGY, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES UNO, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES DOS, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES TRES, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES CUATRO, S.L.
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES CINCO, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES SEIS, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES SIETE, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES OCHO, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES NUEVE, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES DIEZ, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES ONCE, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES DOCE, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES TRECE, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES INFANTES CATORCE, S.L.U.
PARTICIPACIÓN SOLAR INFANTES QUINCE, S.L.U.
EXPLOTACIONES FOTOVOLTAICAS GALLEGOS, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES LOS BADENES UNO, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES LOS BADENES DOS, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES LOS BADENES TRES, S.L.U.
PARTICIPACIÓN SOLAR LOS BADENES CUATRO, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES LOS BADENES CINCO, S.L.U.
PRODUCCIONES SOLARES LOS BADENES SEIS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 22, páginas 455 a 456 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-379

TEXTO

De conformidad con los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que mediante acuerdo de fecha 31 de diciembre de 2018 adoptado por la junta general universal de socios de la Sociedad Absorbente, se ha decidido la fusión por absorción por parte de la Sociedad Absorbente de las Sociedades Absorbidas, en las que la Sociedad Absorbente ostenta la titularidad directa de todas las participaciones sociales que integran su capital social.

La mencionada fusión por absorción traerá consigo la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y, la consecuente transmisión en bloque de todo su patrimonio, activo y pasivo a la Sociedad Absorbente, sucediendo ésta a título universal en todos sus derechos y obligaciones a las Sociedades Absorbidas y sin afectar ello en modo alguno ni al empleo ni a la solvencia de la Sociedad Absorbente.

Se hace constar que, de acuerdo con los artículos 42 y 49 de la Ley de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, ni el proyecto, ni el resto de documentos relativos a la fusión han sido publicados o depositados en el Registro Mercantil, al haber sido aprobada la fusión en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto.

Se hace a su vez constar el derecho que asiste a los socios y acreedores tanto de la Sociedad Absorbente como de las Sociedades Absorbidas, de obtener en el domicilio social o de solicitar el envío gratuito del texto íntegro de los acuerdos adoptados, del proyecto y los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores sociales de oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, en el plazo de un (1) mes desde la publicación del presente anuncio.

Madrid, 31 de enero de 2019.- Admiralty Management, S.L., Administrador Único de la Sociedad Absorbente, representado por D. Vicente Asuero Resusta y el Administrador Único de las Sociedades Absorbidas, D. Daniel Parejo del Río.

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