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Documento BORME-C-2019-4591

INVERSIONES FINANCIERAS E INMOBILIARIAS A.R.
SANTAMARÍA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOCIEDAD VASCO MADRILEÑA DE INVERSIONES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 101, páginas 5442 a 5442 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-4591

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad Inversiones Financieras e Inmobiliarias A.R. Santamaría, S.L., ha aprobado con fecha 14 de mayo de 2019, la fusión de las sociedades Inversiones Financieras e Inmobiliarias A.R. Santamaría, S.L., y Sociedad Vasco Madrileña de Inversiones, S.L.U., mediante la absorción de la última por la primera.

A la presente fusión le resulta de aplicación el régimen especial previsto en el artículo 49.1 de la LME, en la medida en que la sociedad absorbente es titular de manera directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la sociedad absorbida.

Por otro lado y de acuerdo con el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión podría adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Asimismo, en el marco de la referida fusión por absorción, la Junta General de Inversiones Financieras e Inmobiliarias A.R. Santamaría, S.L., acordó, de conformidad con lo previsto en el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil, adoptar la denominación social de la entidad absorbida, es decir, la sociedad absorbente pasará a denominarse Sociedad Vasco Madrileña de Inversiones, S.L.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener, en los domicilios sociales respectivos, el texto íntegro de los acuerdos adoptados por la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad absorbente aprobando la fusión, y a obtener los respectivos balances de fusión.

De acuerdo con el artículo 44 de la LME, los acreedores de Inversiones Financieras e Inmobiliarias A.R. Santamaría, S.L., y Sociedad Vasco Madrileña de Inversiones, S.L.U., cuyos créditos se encuentren en la situación que se describe en el apartado 2 del referido artículo 44 de la LME, podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de los acuerdos por los que se aprueba la fusión, en los términos previstos en el citado artículo.

Madrid, 16 de mayo de 2019.- La Administradora única de Inversiones Financieras e Inmobiliarias A.R. Santamaría, S.L., y Sociedad Vasco Madrileña de Inversiones, S.L.U., Matilde Estades Seco.

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