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Documento BORME-C-2019-5655

PGA GOLF DE CATALUNYA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 125, páginas 6687 a 6687 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-5655

TEXTO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que la junta general de accionistas de PGA Golf de Catalunya, S.A. (la "Sociedad"), ha aprobado, con fecha 31 de mayo de 2019, las siguientes reducciones de capital:

(i) Reducción del capital social en 942.127,60 euros con la finalidad de condonar aportaciones pendientes de un accionista, mediante la amortización de 15.676 acciones de su titularidad, números 290.254 al 305.929, ambos inclusive, cuya valoración es coincidente con el importe de los dividendos pasivos pendientes de desembolso por parte de dicho accionista. Como consecuencia de esta reducción de capital, el capital social de la Sociedad está totalmente desembolsado. La reducción de capital quedó ejecutada en el acto.

(ii) Reducción del capital social en 367.872,10 euros, mediante la amortización de la totalidad de las acciones propias de la Sociedad, a saber, un total de 6.121 acciones números 284.133 al 290.253, ambos inclusive, que representan aproximadamente el 2,1088% del capital social. La finalidad de dicha reducción es amortizar las acciones de la Sociedad en régimen de autocartera. El plazo de ejecución de la reducción de capital es de 2 meses.

Como consecuencia de las anteriores reducciones de capital, el capital social se fija en 17.076.333,20 euros, representado por 284.132 acciones nominativas, de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas, totalmente desembolsadas, numeradas correlativamente del 1 al 284.132, ambos inclusive.

No se efectuó ningún pago a los accionistas como resultado de las referidas reducciones de capital.

De conformidad con los artículos 334 y 336 LSC, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos (i) hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital; y (ii) no hayan vencido en ese momento, tendrán el derecho de oponerse a la reducción de capital en el plazo de un mes a partir de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción de capital, hasta que se les garanticen tales créditos.

Caldes de Malavella (Girona), 5 de junio de 2019.- El Secretario no consejero de la Sociedad, Gonzalo Serraclara Catalá.

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