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Documento BORME-C-2019-6803

ANTEA SPA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CENTRO MÉDICO ANTEA MADRID, S.L.
CENTRO MÉDICO ANTEA CENTRO LEVANTE, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 168, páginas 7992 a 7992 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6803

TEXTO

A los efectos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales y Universales de las sociedades Antea SPA, S.L.U., Centro Médico Antea Madrid, S.L., y Centro Médico Antea Centro Levante, S.L., celebradas el 4 de julio de 2.019 y conforme al Proyecto Común de fusión de 14 de junio de 2019, acordaron por unanimidad la Fusión por Absorción de las entidades Centro Médico Antea Madrid, S.L. (con CIF B86916350 y domiciliada en Madrid, calle Goya, 47, 2.º c-d), y Centro Médico Antea Centro Levante, S.L. (con CIF B98603608 y domicilio en Paterna, Valencia, calle Oller, 13, nave 11, P.E. Táctica), por parte de la entidad Antea SPA, S.L.U. (con C.I.F. B90113754 y domicilio en Mairena del Aljarafe, Sevilla, calle Innovación, 2, P.I. PISA).

A consecuencia de la Fusión, las entidades Absorbidas quedarán disueltas y extinguidas, percibiendo sus Socios las nuevas participaciones en la entidad Absorbente conforme a la ecuación de canje que consta en el proyecto común de Fusión y que tienen a su disposición, junto al texto íntegro de los acuerdos de Fusión y su Balance, en los domicilios sociales de las entidades intervinientes, donde podrán obtener copia de los mismos o bien solicitar el envío gratuito de su texto íntegro, derecho que asiste a Socios, Acreedores y Trabajadores y del que se les informa expresamente.

La Fusión ha sido acordada en base a Balance específico cerrado a 31 de diciembre de 2018.

Así mismo se hace constar el derecho que asiste a los Acreedores y obligacionistas para oponerse en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de referencia.

Se hace constar, finalmente, a los efectos prevenidos en el artículo 42 de la Ley de referencia, que el acuerdo en cada una de las Sociedades que participan en la Fusión ha sido adoptado en Juntas universales y por unanimidad de todos los Socios con derecho de voto y, en su caso, de quienes de acuerdo con la ley o los estatutos pudieran ejercer legítimamente ese derecho.

Mairena del Aljarafe (Sevilla), 31 de julio de 2019.- El Administrador único de las entidades intervinientes en la fusión, Joaquín Caro Ledesma.

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