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Documento BORME-C-2019-779

FREIXENET, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CAVAS CONDE DE CARALT, S.A.U.
CANALS Y NUBIOLA, S.A.U.
FREIXENET RETAIL, S.L.U.
CORPORACIÓN MERCANTIL CELES, S.A.U.
RIGOL, S.A.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 40, páginas 940 a 940 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-779

TEXTO

De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se hace público lo siguiente:

A) Que los accionistas y el socio único de las sociedades Freixenet, S.A., Cavas Conde de Caralt, S.A.U., Canals y Nubiola, S.A.U., Freixenet Retail, S.L.U., Corporación Mercantil Celes, S.A.U., y Rigol, S.A.U., en sesiones celebradas el 26 de febrero de 2019, aprobaron la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de Cavas Conde de Caralt, S.A.U., Canals y Nubiola, S.A.U., Freixenet Retail, S.L.U., Corporación Mercantil Celes, S.A.U., y Rigol, S.A.U. (Sociedades Absorbidas), por Freixenet, S.A. (Sociedad Absorbente), adquiriendo esta última, por sucesión universal, el patrimonio de las Sociedades Absorbidas, que quedarán extinguidas y disueltas sin liquidación, con traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen sus patrimonios sociales.

B) Las Sociedades Absorbidas son íntegramente participadas de manera directa o indirecta por la Sociedad Absorbente, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 49 LME, y se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 de dicha Ley. La fusión se acordó en base al Proyecto suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en fecha 30 de octubre de 2018.

C) Los balances de fusión son los cerrados a 30 de abril de 2018. En el caso de la Sociedad Absorbente Freixenet, S.A., el balance ha sido sometido al preceptivo informe de auditoría, y en el caso de las sociedades absorbidas, el balance ha sido sometido a auditoría voluntaria.

D) Que los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes tienen el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de Fusión.

E) Los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos del artículo 44 LME durante el plazo de un mes contando desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.

Sant Sadurní d'Anoia (Barcelona), 26 de febrero de 2019.- Freixenet, S.A., Antonio Marimón Prats, Secretario del Consejo de Administración.- Cavas Conde de Caralt, S.A.U., Canals y Nubiola, S.A.U., Freixenet Retail, S.L.U., Corporación Mercantil Celes, S.A.U., Rigol, S.A.U., Pedro Ferrer Noguer y Thomas Manfred Scholl, Administradores Mancomunados.

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