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Documento BORME-C-2019-8250

ARQ PROJECTS & PARTNERS, SOCIEDAD LIMITADA
PROFESIONAL UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CUSEDIR 2005, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 218, páginas 9611 a 9611 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8250

TEXTO

Anuncio de fusión impropia.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de la sociedad absorbente, acordó el día 5 de noviembre de 2019, la fusión por absorción de la sociedad absorbida, con la entera transmisión en bloque de su patrimonio social, que se extinguirá, mediante la disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente. La mencionada fusión se acordó en los términos del proyecto de fusión suscrito, el 4 de noviembre de 2019, por los Administradores de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado en la junta general, universal y extraordinaria de fecha 5 de noviembre de 2019 de la sociedad absorbente. La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida está íntegramente participada de forma directa por la sociedad absorbente y, de conformidad con el artículo 49.1 de la LME, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital social de la sociedad absorbente, ni la aprobación de la fusión por el socio único de la sociedad absorbida. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión ni tampoco incluir en el mismo las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME. Se aprobaron como balances de fusión los cerrados a 15 de septiembre de 2019 para la sociedad absorbente y el 31 de octubre de 2019 para la sociedad absorbida, y las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del 1 de noviembre de 2019. No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Palma de Mallorca, 7 de noviembre de 2019.- El Administrador único de Arq Projects & Partners, S.L.P.U. y persona física representante de la entidad Arq Projects & Partners, S.L.P.U., Administradora única de Cusedir, 2005, S.L.U., Juan Bartolomé Seguí Gamundí.

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