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Documento BORME-C-2019-8595

BUROTEC CONSULTORIA TÉCNICA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BUROTEC SERVICIO DE PREVENCIÓN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 9993 a 9993 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8595

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), y en particular los artículos 51 y 43, se hacen públicos la suscripción del Proyecto Común de fusión, debidamente depositado en el Registro Mercantil, y el acuerdo en virtud del cual se aprueba la fusión por absorción por la Sociedad "BUROTEC CONSULTORIA TÉCNICA, S.L.", de "BUROTEC SERVICIO DE PREVENCIÓN, S.L.U.", de fecha 18 de noviembre de 2019.

Se utilizarán como balances de fusión los cerrados a 31 de julio de 2019, debidamente aprobados.

La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2020.

Al tratarse de una fusión por absorción de una sociedad íntegramente participada, de acuerdo con los artículos 49 y siguientes de la LME, no procede ampliar el capital social de la sociedad absorbente ni la elaboración de los informes de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, ni la aprobación de la fusión ni por la junta general de la sociedad absorbida ni, en principio, por la Junta general de la sociedad absorbente.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 51 y 43 de la LME, se hace constar el derecho de socios y acreedores a examinar en el domicilio social los documentos que en ellos se indican; así como a obtener la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de los mismos, del derecho de los socios que representen al menos el uno por ciento del capital social a exigir la celebración de la junta de la sociedad absorbente para la aprobación de la absorción con las condiciones y requisitos establecidos legalmente y del derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan de oponerse a la fusión en los términos del articulo 44 del mismo texto legal, dentro del plazo de un mes a contar partir de la publicación, del último anuncio de fusión.

Madrid, 18 de noviembre de 2019.- El Administrador solidario, José Manuel Romero Durán.

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