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Documento BORME-C-2019-8871

ALGESBINGO, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NOVOBINGO, S.A.
PASPATY, S.A.
RECREATIVOS AVENIDA BARBATE, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 229, páginas 10283 a 10283 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8871

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el Socio único de Algesbingo, S.A. (Sociedad Absorbente), así como el Socio único de las Sociedades Novobingo, S.A., Paspaty, S.A., y Recreativos Avenida Barbate, S.L. (Las Sociedades Absobidas), constituidos en Junta General en fecha 25 de noviembre de 2019, han decidido aprobar la Fusión por Absorción de las mencionadas Sociedades.

La Fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, con extinción de las mismas.

Todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión suscrito en fecha 22 de noviembre de 2019 por los Administradores de las Sociedades involucradas en el proceso de Fusión y la Fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la LME por remisión art. 52 de la LME, al tratarse de Fusión por Absorción de Sociedades íntegramente participadas por un mismo Socio.

En consecuencia sólo resulta necesaria para esta Fusión los documentos establecidos en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de Fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el Proyecto de Fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los Socios y Acreedores de las respectivas Sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión. Los Acreedores de cada una de las Sociedades podrán oponerse a la Fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de Fusión de acuerdo con el artículo 44 de la LME.

Algeciras (Cádiz), 25 de noviembre de 2019.- Los Administradores únicos, Camilo Galán Otero (Algesbingo, S.A.), José Ballesteros Requejo (Paspaty, S.A., Novobingo, S.A., Recreativos Avenida Barbate, S.L.).

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