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Documento BORME-C-2020-1045

LAPOINT ENTERPRISES ESPAÑA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ARIES ESPAÑA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 52, páginas 1234 a 1234 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-1045

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el Código de comercio y en base a los artículos 32, 39 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de "Lapoint Enterprises España, S.L.", celebrada el día 11 de enero de 2020, acordó por unanimidad la fusión por absorción por parte de "Lapoint Enterprises España, S.L.", de la sociedad "Aries España, S.L.".

Los acuerdos de fusión fueron adoptados en los términos previstos en el proyecto de fusión pro absorción redactado y suscrito por todos los Administradores de la Sociedad, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 8 de enero de 2020, e Inscrito el 10 de enero de 2020, en el Registro Mercantil correspondiente al del domicilio de la absorbida.

El Balance de Fusión, aprobado en la misma Junta General cerrado el día 31 de diciembre de 2018. Las operaciones realizadas por la sociedad escindida se entenderán realizadas, a efectos contables, por las sociedades beneficiarias a partir del 31 de diciembre de 2019.

A los efectos oportunos, se hace expresa constancia, de la inexistencia de obligacionistas y de titulares de participaciones de clases especiales y de derechos especiales distintos de las participaciones, así como, que no se otorgará ventaja ni privilegio alguno a los administradores de las sociedades que participan en la escisión.

Se hace constar, de conformidad con los citados artículos 32 y 44 de la LME, del derecho que asiste al personal, accionistas, socios y acreedores de las Sociedades intervinientes en la fusión, de obtener en el domicilio social o de solicitar el envío gratuito, del texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, y cuantos otros documentos han servido para llevar a cabo la misma, así como el derecho de dichos acreedores de oponerse, en el plazo de un mes, a la fusión conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 4 de marzo de 2020.- La Administradora única, María Nieves Yanes Merchante.

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