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Documento BORME-C-2021-5845

ECONOCOM PRODUCTS & SOLUTIONS, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ECONOCOM GIGIGO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 7166 a 7166 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-5845

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que, con fecha 26 de julio de 2021, el socio único de las sociedades Econocom Products & Solutions, S.A.U., y Econocom Gigigo, S.L.U., aprobó la fusión por absorción de Econocom Products & Solutions, S.A.U. (Sociedad Absorbente), con Econocom Gigigo, S.L.U. (Sociedad Absorbida), por medio de la transmisión en bloque por sucesión universal de todo el patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, previa disolución sin liquidación de la primera.

Es de aplicación, el artículo 52.1 de la LME que establece los supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas, por cuanto la Sociedad Absorbida y la Sociedad Absorbente están íntegramente participadas por el mismo socio.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 49 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley.

Todo ello, conforme a los términos establecidos en el proyecto común de fusión suscrito, con fecha 30 de junio de 2021, por los respectivos consejos de administración de las sociedades que se fusionan, sirviendo de base de la fusión los balances de la Sociedad Absorbente y Absorbida cerrados a 31 de diciembre de 2020, debidamente formulados y aprobados.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la LME, el derecho de los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una de las sociedades que se fusionan, teniendo los socios y acreedores igualmente el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito de los mismos.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la LME, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión adoptado por dichas sociedades, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

Madrid, 26 de julio de 2021.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Econocom Products & Solutions, S.A.U. (Sociedad Absorbente), con Econocom Gigigo, S.L.U. (Sociedad Absorbida), Luis M.ª Rodríguez de la Flor y del Toro.

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