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Documento BORME-C-2021-5873

AIG LATIN AMERICA INVESTMENTS, S.L.U,
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AMERICAN INTERNATIONAL OVERSEAS, S.L.U.
AIG CHINA REAL ESTATE INVESTORS, S.L.U.
AIG SERVICES LATIN AMERICA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 152, páginas 7195 a 7196 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-5873

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("Ley de Modificaciones Estructurales"), se hace público que, con fecha 4 de agosto de 2021, el socio único de AIG Latin America Investments, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") y de American International Overseas, S.L.U. ("AIOL"), AIG China Real Estate Investors, S.L.U. ("ACREIL") y AIG Services Latin America, S.L.U. ("AIGSLA") (las "Sociedades Absorbidas" y, junto con la Sociedad Absorbente, las "Sociedades") han aprobado el proyecto común de fusión redactado y suscrito por sus respectivos consejos de administración, con fecha 26 de abril de 2021, así como la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por la Sociedad Absorbente que supondrá la extinción, vía disolución sin liquidación, de las Sociedades Absorbidas y el traspaso en bloque a título universal de sus respectivos patrimonios sociales a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.

Los acuerdos de fusión han sido aprobados en los términos previstos en el referido proyecto común de fusión suscrito y aprobado por los consejos de administración de las Sociedades el 26 de abril de 2021.

El socio único de la Sociedad Absorbente y de cada una de las Sociedades Absorbidas ha aprobado como balances de fusión los cerrados a 30 de noviembre de 2020 para la Sociedad Absorbente, AIOL y ACREIL y a 31 de diciembre de 2020 para AIGSLA, debidamente verificados cada uno de ellos por los respectivos auditores de cuentas.

En la medida en que las Sociedades Absorbidas se hallan participadas íntegramente y de forma directa por la Sociedad Absorbente resulta de aplicación a la fusión el régimen simplificado previsto en el artículo 49.1 de la Ley de Modificaciones Estructurales, conforme al cual no han resultado necesarios, entre otras cuestiones, el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y los informes de administradores y de experto independiente sobre el proyecto común de fusión.

Adicionalmente, conforme al artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales, al haber sido adoptados los acuerdos de fusión por el socio único de la Sociedad Absorbente y de cada una de las Sociedades Absorbidas, no ha sido necesaria la publicación o el depósito de los documentos exigidos por la ley ni, por tanto, el depósito del proyecto común de fusión en los correspondientes Registros Mercantiles.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales, así como el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades de oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 5 de agosto de 2021.- El Secretario no miembro del consejo de administración de AIG Latin America Investments, S.L.U., American International Overseas, S.L.U., AIG China Real Estate Investors, S.L.U., y AIG Services Latin America, S.L.U., Luis Siles Calvo.

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