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Documento BORME-C-2021-926

ETERIA MARKETING Y COMUNICACIÓN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ETERIA MRP, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 48, páginas 1203 a 1203 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-926

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que la socia única de la sociedad ETERIA MRP, S.L. (sociedad absorbida), y la Junta General de socios, reunida con carácter extraordinario y universal de ETERIA MARKETING Y COMUNICACIÓN, S.L. (sociedad absorbente), ejerciendo las competencias que tienen atribuidas, han adoptado en ambas sociedades, con fecha 10 de diciembre de 2020, la decisión/el acuerdo de aprobar la fusión por absorción de ETERIA MRP, S.L., por parte de ETERIA MARKETING Y COMUNICACIÓN, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

En acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por el órgano de administración de ambas sociedades con fecha 10 de diciembre de 2020.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades, respectivamente, por decisión del socio único de la sociedad absorbida y por acuerdo unánime de los socios de la sociedad absorbente en Junta General extraordinaria universal, en consecuencia, conforme a lo preceptuado en el artículo 42 LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Gijón, 8 de febrero de 2021.- El Administrador único, Alberto Concheso González.

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