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Documento BORME-C-2022-7528

FRAMOLIVA, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
AGRÍCOLA SANTA MARÍA, S.A.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 8997 a 8997 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7528

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que las sociedades Framoliva, S.A. y Agrícola Santa María, S.A., en sus respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales, celebradas el día 15 de junio de 2022, han aprobado la escisión parcial, sin extinción de Framoliva, S.A., mediante la transmisión en bloque de: (i) una parte de su patrimonio (escisión financiera) constituido por 420 acciones de Agrícola Santa María, S.A., que representan la mayoría del capital social de ésta, y (ii) una parte de su patrimonio, integrado por los bienes y derechos que constituye la rama de actividad agrícola, aportando dichas ramas de actividad a la Sociedad Beneficiaria Preexistente, la cual adquiere en bloque y por sucesión universal todo el patrimonio, derechos y obligaciones derivados de las ramas de actividad escindidas.

El acuerdo de escisión parcial se ha adoptado con base en el Proyecto Común de Escisión, suscrito con fecha 14 de mayo de 2022 por todos los miembros del Consejo de Administración de la sociedad escindida y la sociedad beneficiaria, sirviendo de base para la operación los balances de ambas Sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2021.

Se hace constar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, no es necesaria la publicación o depósito previo de los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado el acuerdo de escisión en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto.

La Sociedad Escindida, como consecuencia de la escisión, no ve reducido su capital social al haberse procedido a la reducción de sus fondos propios con cargo a reservas de libre disposición.

De acuerdo con el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes contado desde la fecha de la última publicación que se realice del presente anuncio.

Sevilla, 11 de noviembre de 2022.- El presidente del Consejo de Administración de Framoliva, S.A. y Agrícola Santa María, S.A, Francisco Javier Moreno Muruve.

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