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Documento BORME-C-2018-8981

CERDANYOLA PROMOCIONS MUNICIPALS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CERDANYOLA APARCA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 226, páginas 10448 a 10448 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-8981

TEXTO

De conformidad con lo que se establece en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General de socios de la sociedad Cerdanyola Promocions Municipals, Sociedad Limitada Unipersonal (por mayoría de 15 votos a favor, 4 en contra y 3 abstenciones, que corresponden a los votos emitidos por las 22 personas presentes de las 25 que integran el Pleno del Ayuntamiento de Cerdanyola del Vallès, socio único de la sociedad absorbente) y la Junta General de socios de la sociedad Cerdanyola Aparca, Sociedad Limitada Unipersonal (con el voto favorable del socio único, Cerdanyola Promocions Municipals, Sociedad Limitada Unipersonal), aprobaron el día 25 de octubre de 2018 la fusión por absorción de Cerdanyola Aparca, Sociedad Limitada Unipersonal, por parte de Cerdanyola Promocions Municipals, Sociedad Limitada Unipersonal, y la transmisión en bloque, con efectos de fecha 1 de enero de 2018, de la totalidad del patrimonio social de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, de conformidad con los términos del proyecto de fusión de fecha 29 de junio de 2018, presentado en el Registro Mercantil de Barcelona en fecha 24 de julio de 2018 e inscrito su depósito, bajo el número 127, en fecha 14 de agosto de 2018.

En consecuencia, se hace constar expresamente el derecho de las personas socias y de las personas acreedoras a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión de las sociedades que intervienen en el proceso de fusión, así como el derecho de las personas acreedoras de ambas sociedades a oponerse a la misma en los términos que se establecen en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Cerdanyola del Vallès, 21 de noviembre de 2018.- El Presidente de los Consejos de Administración de Cerdanyola Promocions Municipals, Sociedad Limitada Unipersonal, y de Cerdanyola Aparca, Sociedad Limitada Unipersonal, Carles Escolà Sánchez.

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