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Documento BORME-C-2019-32

ARASOIL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LUBRIALIA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 4, páginas 34 a 34 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-32

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 1 de diciembre de 2018, la Junta General de Socios de Arasoil, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente), y el socio único de Lubrialia, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbida), aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de Lubrialia, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbida), por parte de Arasoil, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente), en los términos y condiciones previstos en el proyecto común de fusión, de fecha 1 de diciembre de 2018, suscrito por el órgano de administración de ambas sociedades. La fusión aprobada consiste en la absorción de Lubrialia, Sociedad Limitada Unipersonal por parte de Arasoil, Sociedad Limitada, con extinción, mediante su disolución sin liquidación de Lubrialia, Sociedad Limitada Unipersonal y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a Arasoil, Sociedad Limitada, que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello en los términos y condiciones previstos en el referido proyecto de fusión. Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de fusión por absorción de obtener gratuitamente el texto Integro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión cerrados a 30 de noviembre de 2018. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de fusión por absorción a oponerse a esta durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril.

Lucena, 15 de diciembre de 2018.- El Administrador único, Antonio Osorio Ruiz.

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