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Documento BORME-C-2019-3888

REZMA INVERSIONES, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE SEGREGADA)
SÁNDALO INVERSIONES, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA PREEXISTENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 4615 a 4615 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-3888

TEXTO

Anuncio de Segregación

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43, 44 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo LME), se hace público que la Junta General Extraordinaria con carácter de Universal de la sociedad Rezma Inversiones, S.L. y el Socio Único de la sociedad Sándalo Inversiones, S.L. han aprobado con fecha 22 de abril de 2019 la segregación de Rezma Inversiones, S.L.U., de la totalidad de los elementos patrimoniales, activos y pasivos, que constituyen una unidad económica, relacionada con la Unidad de Negocio de alquiler de viviendas de la que es propietaria la sociedad segregada, y que se traspasa en bloque a la sociedad beneficiaria Sándalo Inversiones, S.L.U., todo ello conforme al Proyecto de Segregación, de fecha 22 de abril de 2019, con aplicación del régimen previsto en el artículo 74 de la LME.

Habiéndose adoptado los acuerdos de segregación en ambas sociedades por decisión de sus mismos socios, resultando que los acuerdos se adoptaron en junta universal y por unanimidad de todos los socios en cada una de las sociedades participantes en la segregación, y en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de segregación puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de segregación.

Se hace constar, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, que los socios y acreedores de las sociedades participantes en la segregación tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de segregación y los balances de segregación. Se hace constar, asimismo, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la segregación de oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de segregación.

Madrid, 22 de abril de 2019.- La Administrador único de Rezma Inversiones, S.L. y Sándalo Inversiones, S.L.U, María Jesús Junquer García.

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