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Documento BORME-C-2019-547

JUNTOS SOMOS MÁS, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
MARGAPAM, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 29, páginas 647 a 647 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-547

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales, por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que la Junta General Universal de socios de la sociedad "Juntos somos más, S.L.", celebrada el día 6 de febrero de 2019, aprobó por unanimidad la escisión parcial de la sociedad, que traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social, constitutivo de una unidad económica independiente, a favor de la sociedad de nueva creación "Margapam, S.L.", quien adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio segregado.

De conformidad con los dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley ni elaborar informe de los Administradores sobre el proyecto de escisión.

Por aplicación del artículo 78 bis de la Ley 3/2009 no ha sido preciso elaborar informe de los Administradores sobre el proyecto de escisión, ni el nombramiento de expertos independientes. El proyecto de escisión parcial aprobado incluye el balance de escisión y el listado de los elementos del activo y pasivo que componen la unidad de negocio que se escinde a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación.

Asimismo se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados. Los acreedores de la sociedad escindida pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

Collado Villalba, 7 de febrero de 2019.- El Administrador único, Ramón Estévez Domínguez.

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