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Documento BORME-C-2019-5732

ELECTRA CONILENSE, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
REDJAM TELECOM, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 6778 a 6778 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5732

TEXTO

Conforme al artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, se comunica que el 28 de junio de 2019, el Socio único de ELECTRA CONILENSE, S.L.U., aprobó la operación de escisión parcial consistente en el traspaso en bloque de una parte del patrimonio de ELECTRA CONILENSE, S.L.U., a saber, la rama de actividad consistente en la prestación de servicios de internet de fibra, telefonía móvil y fija y televisión internacional por cable bajo la marca Redjam, la cual forma una unidad económica propia, a favor de una sociedad de nueva creación que se denominará REDJAM TELECOM, S.L.U., todo ello en los términos del Proyecto de Escisión parcial suscrito el 21 de junio de 2019 por el órgano de administración.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de ELECTRA CONILENSE, S.L.U., a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión. Se hace constar asimismo que, según lo dispuesto en el artículo 44 de la LME, los acreedores de la Sociedad Escindida tienen derecho a oponerse a la escisión parcial, en los términos del citado artículo, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.

Conil de la Frontera (Cádiz), 30 de junio de 2019.- El Administrador único de Electra Conilense, S.L.U., Joaquín Romero Mora-Figueroa, representante de Romero Abreu Hermanos, S.L.

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