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Documento BORME-C-2019-5740

MANTEQUERA DE TINEO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 6787 a 6787 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-5740

TEXTO

A los efectos de lo previsto en los artículos 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital (la "LSC"), en virtud de delegación de facultades realizada por la Junta General, el Consejo de Administración de "MANTEQUERA DE TINEO, S.A.", anuncia que en la Junta General Ordinaria de la entidad, celebrada el 18 de Junio de 2019, en segunda convocatoria, se adoptó, entre otros, el acuerdo de ampliar el capital social mediante aportaciones dinerarias, con derecho de suscripción preferente, en la cuantía de un millón de euros con cincuenta céntimos (1.000.000,50 €), mediante la creación de un millón trescientos treinta y tres mil trescientas treinta y cuatro (1.333.334) nuevas acciones del mismo valor nominal que las existentes, 0,75 euros cada una, y de la misma clase y serie que las actualmente en circulación.

Las nuevas acciones otorgarán a sus titulares los mismos derechos económicos y políticos que las que se encuentran actualmente en circulación, a partir de la fecha en la que la ampliación de capital se declare suscrita y desembolsada.

El procedimiento para el ejercicio del derecho de preferencia, será el siguiente:

1. Cada socio tendrá derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posea, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del anuncio de oferta de suscripción de acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Las nuevas acciones deberán ser íntegramente desembolsadas por los socios que ejerciten su derecho de preferencia mediante aportaciones dinerarias. El depósito de las cantidades correspondientes deberá realizarse mediante ingreso o transferencia bancaria en la cuenta corriente número ES07 3059 0023 3130 7213 5225 abierta a nombre de la Sociedad en la entidad Caja Rural de Asturias, debiendo indicar el concepto de "ampliación de capital", y enviar un justificante al Secretario del Consejo de Administración.

2. Los socios que no ejerciten su derecho de suscripción preferente dentro del plazo establecido, se entenderá que renuncian al mismo, quedando el Consejo de Administración de la Sociedad facultado para ofrecer las acciones no suscritas a los socios que lo hubieran ejercitado durante un plazo de 15 días a contar desde la terminación del plazo del mes, referido en el punto primero anterior. Si existieren varios socios interesados, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la Sociedad.

Por último, la Junta General acordó facultar expresamente al Órgano de administración de la Sociedad para ejecutar la ampliación de capital y dar nueva redacción al artículo 6.º de los Estatutos a fin de recoger en los mismos la nueva cifra de capital social una vez ejecutada la ampliación de capital.

Tineo, 18 de junio de 2019.- La Secretaria del Consejo de Administración, Paula Rodríguez Peláez.

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