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Documento BORME-C-2019-6091

AMAZON SPAIN FULFILLMENT, S.L.U.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
AMAZON ROAD TRANSPORT SPAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 140, páginas 7189 a 7189 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6091

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), por remisión del artículo 73 de la misma, se hace público que, con fecha 19 de julio de 2019, el socio único común de las sociedades AMAZON SPAIN FULFILLMENT, S.L.U. (la "Sociedad Parcialmente Escindida"), y AMAZON ROAD TRANSPORT SPAIN, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria"), ha decidido escindir parcialmente la Sociedad Parcialmente Escindida en favor de la Sociedad Beneficiaria.

La escisión parcial implicará la transmisión en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio que constituye la rama de actividad del negocio de Amazon Transportation Services y AMZL, que consiste en los servicios de "last mile" y "middle mile" de la Sociedad Parcialmente Escindida en favor de la Sociedad Beneficiaria, en los términos del proyecto de escisión parcial aprobado por los administradores de la Sociedad Parcialmente Escindida y de la Sociedad Beneficiaria, sin que la Sociedad Parcialmente Escindida se extinga como consecuencia de la escisión.

La operación de escisión parcial es simplificada, dado que tanto la Sociedad Beneficiaria como la Sociedad Parcialmente Escindida están íntegramente participadas por el mismo socio único.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las mencionadas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones de escisión parcial adoptadas y los balances de escisión de la Sociedad Parcialmente Escindida y de la Sociedad Beneficiaria, dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las sociedades participantes en la escisión. Asimismo, se hace constar el derecho de oposición que les corresponde a los acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales del artículo 44 de la LME, el cual podrán ejercitarse en el plazo de un (1) mes contado desde la fecha del último anuncio de las decisiones de escisión, según se establece en la legislación vigente.

Madrid, 19 de julio de 2019.- El Administrador solidario de Amazon Spain Fulfillment, S.L.U., y el Administrador solidario de Amazon Road Transport Spain, S.L.U., Diego Pérez Menéndez y Paolo Patrone.

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