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Documento BORME-C-2019-6125

ROCAIXA INVERSIONES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PROMOJUNDIZ, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 7229 a 7229 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6125

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que Promojundiz, S.L., Socio único titular de todas las participaciones sociales en que se divide el Capital Social de Rocaixa Inversiones, S.L. (Sociedad Absorbente), en ejercicio de las facultades de la Junta General de socios que la legislación mercantil (conforme al artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital) atribuye a su Socio único y la Junta General Universal de socios de Promojundiz, S.L. (Sociedad Absorbida), en fecha 28 de junio de 2019, han acordado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49, por remisión del art. 52.1 de la LME, la Fusión por Absorción de Rocaixa Inversiones, S.L. (Sociedad Absorbente), y Promojundiz, S.L. (Sociedad Absorbida), mediante la disolución sin liquidación de Promojundiz, S.L., con transmisión en bloque, y a título universal, de todo su patrimonio a Rocaixa Inversiones, S.L. (Sociedad Absorbente), la cual quedará subrogada en la titularidad de todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, que se extingue con motivo de la fusión, conforme a los Balances de Fusión cerrados el 31 de diciembre de 2018.

Teniendo en cuenta, que, dentro del patrimonio de la sociedad absorbida Promojundiz, S.L., se encuentran las 1.624.508 participaciones de la sociedad absorbente Rocaixa Inversiones, S.L., éstas, al igual que el resto del patrimonio de la absorbida, se integran en el patrimonio de Rocaixa Inversiones, S.L., por razón de la fusión, produciéndose la existencia de una autocartera adquirida a título universal. Para cumplir con la exigencia del art. 24.1 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, y que los socios de la sociedad extinguida Promojundiz, S.L., se integren en la sociedad resultante de la fusión y tengan continuidad en la participación, las participaciones que Rocaixa Inversiones, S.L., mantiene en autocartera se atribuirán a los socios de la sociedad extinguida Promojundiz, S.L., recibiendo un número de participaciones de Rocaixa Inversiones, S.L., proporcional a la respectiva cuota de participación que cada socio mantenía en Promojundiz, S.L.

Se hace constar expresamente que los acuerdos de fusión han sido adoptados por el Socio único en el caso de Rocaixa Inversiones, S.L., y por unanimidad en el caso de Promojundiz, S.L., y por resultando por tanto de aplicación a la presente fusión la previsión del artículo 42 de la LME ("acuerdo unánime de fusión").

Asimismo, se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 43.1. de la LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de Rocaixa Inversiones, S.L. (Sociedad Absorbente), y Promojundiz, S.L. (Sociedad Absorbida), y de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión de las mismas. Asimismo, se hace constar, en cumplimiento de los artículos 43.1 y 44 de dicha Ley, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades mencionadas de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos por los que se aprueba la fusión.

Vitoria, 17 de julio de 2019.- El Presidente del Consejo de Administración, Asier Aranzábal Araolaza.

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