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Documento BORME-C-2019-6564

ESDITRA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 7728 a 7728 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2019-6564

TEXTO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que la junta general de accionistas de ESDITRA, S.A. (la "Sociedad"), celebrada con carácter universal, con fecha 2 de agosto de 2019, ha acordado, por unanimidad, la reducción del capital social de la Sociedad en la suma de cincuenta y ocho mil ochocientos noventa y ocho euros (58.898,00 €), quedando fijado en cincuenta y ocho mil ochocientos noventa y ocho euros (58.898,00 €), mediante la amortización de seiscientas setenta y seis (676) acciones.

A tal efecto, la Sociedad ha ofrecido a todos sus accionistas la adquisición de un total de seiscientas setenta y seis (676) acciones a un precio por acción de cincuenta mil doscientos noventa y cinco euros con ochenta y cinco céntimos (50.295,8579881657 €), esto es, un total de treinta y cuatro millones de euros (34.000.000,00 €). Como consecuencia de las aceptaciones a la oferta recibidas en la propia junta, ésta ha acordado la adquisición por la Sociedad para su amortización de las citadas seiscientas setenta y seis (676) acciones, en concreto las números 601 a la 700, de la 951 a la 975, de la 1.073 a la 1.084, de la 1.169 a la 1.180 y de la 1.313 a la 1.332, 701 a la 800, de la 976 a la 1.000, de la 1.085 a la 1.096, de la 1.181 a la 1.192 y de la 1.333 a la 1.352, 201 a la 400, de la 851 a la 900, de la 1.025 a la 1.048, de la 1.121 a la 1.144 y de la 1.233 a la 1272, todos ellos inclusive.

La finalidad de la reducción de capital acordada es, por lo tanto, la amortización de las citadas acciones propias adquiridas por la Sociedad. La amortización de las referidas acciones se realizará dentro del plazo legal establecido al efecto.

Se hace constar que la adquisición de las acciones por la Sociedad ha sido formalizada mediante las correspondientes escrituras públicas de compraventa otorgadas, el día 2 de agosto de 2019, al amparo de lo previsto en los artículos 338 y siguientes LSC.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 335 LSC, los acreedores sociales no podrán oponerse a la reducción en tanto la reducción de capital se ha realizado con cargo a beneficios o reservas libres, habiéndose destinado el valor nominal de las acciones amortizadas a una reserva de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social.

Simultáneamente, la junta general de la Sociedad ha acordado, por unanimidad, el aumento del capital social en la suma de mil novecientos cuarenta y dos euros (1.942,00 €), quedando fijado en sesenta mil ochocientos cuarenta euros (60.840,00 €), mediante el aumento del valor nominal de las acciones en que se divide el capital social de la Sociedad en la cantidad de dos euros con ochenta y siete céntimos (2,8728 €), con cargo a aportaciones dinerarias.

San Cristóbal de La Laguna, 2 de agosto de 2019.- La Secretaria del Consejo de Administración de "Esditra, S.A.", Marta Villafruela Álvarez.

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