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Documento BORME-C-2019-8163

POM VENTURES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HACIENDA GRAZAL, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 9512 a 9512 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8163

TEXTO

Fusión por Absorción

Se hace público que la Junta General y Extraordinaria con carácter Universal de POM VENTURES, S.L. (sociedad absorbente), celebrada con fecha 7 de noviembre de 2019, adoptó por unanimidad de todos sus socios los acuerdos de fusión, mediante la absorción de HACIENDA GRAZAL, S.L.U. (sociedad absorbida), con extinción por disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente POM VENTURES, S.L., que adquiere por sucesión universal de todos los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. Al tratarse de una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas y haber sido adoptados los acuerdos de fusión de forma unánime por todos los socios de la entidad absorbente es de aplicación a la presente fusión lo dispuesto en los artículos 42 y 49 de la Ley 3/2009.

El acuerdo de fusión por absorción de las entidades POM VENTURES, S.L. (sociedad absorbente) y HACIENDA GRAZAL, S.L.U. (sociedad absorbida) ha tenido como base el proyecto de fusión, suscrito con fecha 7 de octubre de 2019 por los órganos de administración de las sociedades participantes de la fusión, no habiendo sido necesario proceder a su depósito en el Registro Mercantil de Cádiz, en aplicación del artículo 42 de la Ley 3/2009 y se ajusta al mismo.

Se anuncia el derecho que asiste a los socios de las sociedades participantes en la fusión y a los acreedores de las mismas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores de oponerse a la fusión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Igualmente se hace constar el derecho que corresponde a los trabajadores y los socios de las sociedades participantes de la fusión de examinar en el domicilio social de cada sociedad participante de la fusión, copia de los documentos de la fusión a que hace referencia el artículo 39 en relación con el artículo 49 de la Ley 3/2009, así como a obtener la entrega y envío gratuito de los mismos.

Jerez de la Frontera, 8 de noviembre de 2019.- El Administrador único de Pom Ventures, S.L., y Administrador único de Hacienda Grazal, S.L., Joaquín Granados Fernández de los Ríos.

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