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Documento BORME-C-2020-5174

GRUPO ALIMENTARIO DE LORCA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
LA COMARCA FOOD GROUP, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 180, páginas 6293 a 6293 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-5174

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 1 de septiembre de 2020, el socio único de la sociedad Grupo Alimentario de Lorca, S.L.U. (la "Sociedad"), y la Junta General Extraordinaria de socios de La Comarca Food Group, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria"), han aprobado la escisión parcial de la Sociedad a favor de la Sociedad Beneficiaria, en los términos establecidos en el proyecto de escisión parcial de fecha 29 de junio de 2020, debidamente depositado en el Registro Mercantil de Murcia, con fecha 10 de julio de 2020.

La operación de escisión parcial implica la escisión de dos partes del patrimonio de la Sociedad consistentes (i) en la actividad de tenencia y gestión de participaciones, acciones o cuotas representativas del capital social de las sociedades filiales íntegramente participadas o que confieran la mayoría de su capital social (la "Unidad Económica I"), y (ii) en la actividad de administración y finanzas (la "Unidad Económica II"); y la transmisión en bloque de la Unidad Económica I y la Unidad Económica II, en favor de la Sociedad Beneficiaria, que las adquirirá por sucesión universal.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la Sociedad y de la Sociedad Beneficiaria a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados, así como los balances de escisión de cada una de las sociedades intervinientes en la operación acordada.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad y de la Sociedad Beneficiaria de oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Lorca (Murcia), 8 de septiembre de 2020.- Los Administradores mancomunados de Grupo Alimentario de Lorca, S.L.U., Gaspar Muñoz Marín y Daniel Encinas Tizón.- El Presidente del Consejo de Administración de La Comarca Food Group, S.L., Alfonso Giménez Reverte.

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