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Documento BORME-C-2020-7039

APARCAMIENTO VICTORIAMAR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
APARCAMIENTO VICTORIA, S.L.U.
APARCAMIENTO PASEO DE COLÓN, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 8553 a 8553 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7039

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

Conforme a lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LMESM"), se hace público que el socio único de Aparcamiento Victoriamar, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"), en ejercicio de las competencias que legalmente le corresponden, ha aprobado con fecha 30 de junio de 2020, la fusión por absorción de las sociedades Aparcamiento Victoria, S.L.U., y Aparcamiento Paseo de Colón, S.L.U. ("Sociedades Absorbidas"), mediante la absorción, con disolución sin liquidación, de estas últimas por parte de aquélla, y traspaso en bloque y por sucesión universal, de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá, todo ello con base en el proyecto común de fusión suscrito por todos los órganos de administración de las sociedades intervinientes y en los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2019. Encontrándose todas las sociedades intervinientes participadas íntegramente de forma directa por el mismo socio único, resulta de aplicación a la fusión, en la medida en que proceda, lo dispuesto por el artículo 49 de la LMESM, por remisión del artículo 52.1.

Dicha decisión se ha adoptado sometida a las condiciones suspensivas consistentes en (i) la obtención de las autorizaciones administrativas pertinentes y (ii) la obtención de una autorización de carácter contractual, todo ello conforme al proyecto común de fusión antes indicado.

Se hace constar que el acuerdo de fusión ha sido adoptado al amparo de lo dispuesto por el artículo 42 de la LMESM.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes a oponerse a la fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 de la LMESM.

Madrid, 10 de noviembre de 2020.- Los Administradores mancomunados de Aparcamiento Victoriamar, S.L.U., Aparcamiento Victoria, S.L.U., y Aparcamiento Paseo de Colón, S.L.U., Mikel Elorza Unzurrunzaga y Francisco Javier Ramos Martín.

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